Qué es el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI)
Es un impuesto anual que se aplica sobre el Patrimonio Inmobiliario de las Personas Físicas y de los Fideicomisos.
¿Que grava este impuesto?
Este impuesto se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrado las personas físicas y fideicomisos. En el caso de personas físicas grava el patrimonio inmobiliario cuyo valor sea mayor de RD$10,190,833.00 pesos dominicanos y que no gozan de alguna exención . En el caso de los Fideicomisos serán gravados todos los inmuebles que no gocen de alguna excepción sin importar su valor.
Este impuesto abarca todas las viviendas, solares urbanos, inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales.
¿Hay alguna exención para el pago del IPI?
Sí. están exentos del pago de este impuesto los inmuebles:
¿Cuál es la tasa a pagar?
¿Cuándo se paga el IPI?
Este impuesto se paga en dos (2) cuotas semestrales:
¿Qué pasa si pago después de la fecha establecida?
Si realiza el pago después de la fecha límite, se le aplicará la siguiente penalidad
¿Cómo y dónde pagar?
Para realizar el pago de los impuestos, los contribuyentes tienen estas opciones:
Nota: En caso de que el pago se realice en las Administraciones Locales y el monto a pagar supere los quince mil pesos (RD$15,000.00) debe realizarse con cheque certificado o de administración a nombre de: Colector de Impuestos Internos.
¿Qué hacer para registrar un inmueble?
Para registrar su inmueble debe presentarse directamente a la Administración Local (oficina de Impuestos Internos) que corresponda a la jurisdicción del inmueble, con los documentos siguientes:
Cuando adquieres un inmueble es requisito indispensable para el traspaso de la propiedad presentar una Certificación del IPI emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en la cual se certifica que el propietario del inmueble esta al día en el pago de dicho impuesto. Esta certificación se puede obtener on line en la página web de la DGII
Información obtenida tomando como base los datos contenidos en la página web de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
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